Si la aerolínea ignora tu reclamación, AESA emite un informe favorable y la aerolínea sigue sin pagar, la vía judicial es el último paso — y, en España, es más asequible de lo que parece. El juicio verbal en el Juzgado de lo Mercantil para importes hasta 2.000 € no requiere abogado ni procurador, y la tasa judicial es 0 € para personas físicas (Ley 10/2012). Esta es la guía paso a paso para presentar la demanda tú mismo en 2026.
Cuándo conviene el juzgado (y cuándo no)
Vas al juzgado cuando ya agotaste el camino administrativo y la aerolínea sigue sin pagar:
- Reclamación formal a la aerolínea (correo certificado o formulario oficial) — espera 1 mes
- Reclamación AESA (sede electrónica, gratis) — espera 3-8 meses por el informe
- Si AESA da la razón al pasajero y la aerolínea sigue sin pagar → demanda judicial
El juzgado NO conviene si:
- Tu vuelo fue hace más de 5 años (prescripción art. 1964.2 CC tras la Ley 42/2015, confirmada por TJUE en Cuadrench Moré, C-139/11, 2013)
- La aerolínea ya pagó parcialmente y firmaste finiquito
- Tu caso depende exclusivamente de prueba testifical que no puedes aportar (sin tarjeta de embarque, sin foto del panel)
Jurisdicción: dónde demandas
El TJUE en Rehder (C-204/08, 2009) estableció que el pasajero puede demandar en el juzgado del aeropuerto de salida O de llegada del vuelo, a su elección. Esto significa:
- Vuelo Madrid → Roma cancelado → demandas en Madrid (juzgado de origen) o en el juzgado donde tengas tu domicilio si la aerolínea es española y operó desde España. La práctica habitual: juzgado de tu domicilio.
- Vuelo internacional con escala → puedes elegir cualquier aeropuerto del trayecto contratado, según Folkerts (C-11/11, 2013) y Wegener (C-537/17, 2018).
Para España, el Juzgado de lo Mercantil del partido judicial correspondiente es competente por la naturaleza mercantil del contrato de transporte aéreo (art. 86 ter LOPJ).
El procedimiento: juicio verbal hasta 2.000 €
El juicio verbal está regulado en los arts. 437-447 LEC. Características clave:
- Sin abogado ni procurador obligatorios para cuantías menores de 2.000 €
- Tasa judicial: 0 € para personas físicas (art. 4 Ley 10/2012)
- Demanda escrita simplificada (no hace falta abogado para redactarla)
- Vista oral única en 3-6 meses desde la admisión
- Sentencia en 10 días tras la vista
- Apelable en Audiencia Provincial (pero raramente compensa por importe)
Modelo de demanda (estructura mínima)
Imprime, firma, presenta en el Decanato del juzgado correspondiente (o vía LexNet si tienes certificado digital). Se admite o inadmite en 5-10 días, te citan a vista en 3-6 meses.
Defensas habituales de las aerolíneas y cómo rebatirlas
| Defensa de la aerolínea | Por qué falla |
|---|---|
| "Avería técnica = circunstancia extraordinaria" | Wallentin-Hermann (C-549/07) y van der Lans (C-257/14) lo rechazaron expresamente |
| "Huelga de nuestro propio personal" | Krüsemann (C-195/17) descartó las huelgas internas como extraordinarias |
| "Mal tiempo genérico" | McDonagh (C-12/11) exige meteorología extrema documentada por AEMET, no tormenta veraniega habitual |
| "Aeropuerto colapsado por ATC" | Sí es extraordinaria, pero la aerolínea debe acreditar deber de asistencia durante la espera; si no lo cumplió, indemnización adicional |
| "Reembolso ya hecho del billete" | El reembolso NO cancela la compensación EU 261 — son derechos acumulativos (art. 12 Reg.) |
Costes y plazos reales
- Tasa judicial: 0 € (persona física)
- Tu tiempo: 4-8 horas (recopilar documentación + redactar demanda + acudir a vista)
- Plazo total desde demanda hasta cobro: 6-14 meses (mediana 9 meses)
- Riesgo: si pierdes, no hay condena en costas en juicio verbal por cuantías menores de 2.000 € (art. 394 LEC restrictivo para esta cuantía)
Cuándo conviene delegar en lugar de ir al juzgado solo
Si tu caso reúne 2+ de estos factores, delegar en una empresa de reclamación suele compensar:
- Aerolínea non-UE difícil (Pegasus, Wizz UK, Pakistan International)
- Conexión perdida con cambio de operador (multi-código)
- Denegación de embarque por overbooking con realojamiento
- Vuelo de hace más de 3 años
- Tu tiempo profesional vale más que el 25-35 % de comisión
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Conclusión
El juzgado de lo mercantil funciona para reclamaciones EU 261 en España. La tasa de éxito supera el 80 % cuando aportas informe AESA favorable + tarjeta de embarque + prueba del retraso (foto del panel, app de tracking). Sin abogado, sin procurador, sin tasa judicial, y manteniendo el 100 % de los 250-600 €. El coste real es tu tiempo y la paciencia para esperar 6-14 meses. Para vuelos de hace menos de 5 años con documentación completa, es la vía más rentable.