Con easyJet el problema no es encontrar una dirección de correo. Es que la dirección no sirve para nada: la compañía dice abiertamente que las reclamaciones de compensación enviadas por email no se tramitan. Esta página explica cuál es el canal válido, qué significa la ventana de veintiocho días y por qué hay que rellenar dos formularios y no uno. El panorama general está en la página sobre easyJet.
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El único canal que la compañía lee
La reclamación de compensación entra por 1 sola vía: el formulario EU261 alojado en easyjet.com. La compañía declara de forma expresa que las solicitudes remitidas por correo electrónico no se tramitan y que quien escribe es redirigido a ese formulario.
Es un caso raro de transparencia incómoda.
La consecuencia práctica pesa mucho. Un correo enviado al servicio de atención tres días después del vuelo no abre nada, no interrumpe ningún cómputo y no deja un rastro aprovechable ante AESA: el pasajero cree tener un expediente en marcha y en realidad no tiene ninguno, algo que solo descubre semanas más tarde.
El teléfono cumple una función distinta y legítima. Durante la incidencia sirve para reubicarse, localizar un equipaje o pedir asistencia, y conviene usarlo. Lo que no hace es generar una solicitud de compensación, porque esa nace únicamente del formulario en línea con su fecha registrada.
Sobre quién presenta la solicitud, la regla es sencilla. El derecho nace en el pasajero que sufrió la incidencia y no en quien compró el billete, de modo que un vuelo pagado por una agencia, por la empresa o por un familiar se reclama igualmente a nombre del viajero y se liquida en su IBAN. Indicar cuentas de terceros abre una comprobación que puede costar varias semanas.
Los 28 días y cómo cambian la estrategia
La ventana declarada es de 28 días, y la compañía la plantea como el tiempo que pide antes de que el pasajero se dirija a un organismo tercero o a una empresa de recobro. El cómputo arranca con el envío del formulario, no con la fecha del vuelo.
Anota ese día en el calendario.
Es la única prueba de que los veintiocho días transcurrieron, y te la van a pedir tanto AviationADR como cualquier intermediario que asuma después el asunto. Sin esa fecha, el argumento de que la compañía no respondió se sostiene solo en tu recuerdo, y eso no tiene ningún valor probatorio.
No confundas esta ventana con la prescripción. El derecho a la compensación sigue siendo exigible durante 5 años conforme al artículo 1964 del Código Civil, como recoge la página sobre el plazo de reclamación; los veintiocho días solo determinan cuándo puedes pasar legítimamente a la fase siguiente sin que la compañía alegue que te adelantaste.
Compensación y gastos: dos formularios separados
Los trámites son 2 y no se sustituyen. La compensación a tanto alzado del artículo 7, de 250, 400 o 600 euros según la distancia, va por el formulario EU261; los costes de comida, alojamiento y traslados van por el formulario de gastos, que la compañía gestiona aparte.
La distinción tiene una base jurídica clara.
La asistencia del artículo 9 se debe incluso cuando la compensación no procede: en una cancelación por temporal severo los 250 euros no se devengan, pero la cena, el hotel y el traslado siguen corriendo íntegramente a cargo del transportista. Son dos obligaciones distintas y solo la primera admite la excusa de la circunstancia extraordinaria.
Conserva el ticket con el desglose de conceptos y no el resguardo bancario. easyJet exige el detalle, y un recibo de tarjeta que solo muestra el importe se rechaza casi siempre, lo que obliga a un intercambio adicional y suma semanas al expediente cuando el plazo ya está corriendo.
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Qué hacer al vencer el plazo
Las salidas son 3 y la elección depende de dónde salió el vuelo: AESA para las salidas desde España, AviationADR para las salidas desde el Reino Unido con doce meses desde la respuesta final, y la plataforma europea de resolución de litigios en línea.
La nacionalidad del pasajero no decide nada.
Lo que decide es el aeropuerto de salida, y eso genera el error más común en esta fase: un viaje de ida y vuelta con incidencias en ambos trayectos puede requerir dos reclamaciones ante dos organismos distintos. Presentarla ante el que no corresponde suele acabar en archivo o en una remisión de oficio con semanas de retraso.
La reclamación ante AESA es gratuita y electrónica. No dicta una orden de pago a favor del pasajero, pero su pronunciamiento entra en el expediente y obliga después a la compañía a defender ante el juez una posición que el regulador ya ha cuestionado.
Negativas habituales y cómo rebatirlas
Los motivos que más se repiten son 3: meteorología adversa, restricciones del control aéreo y cuestiones de seguridad operativa. Ninguno exime de forma automática, y el Tribunal de Justicia exige la prueba referida al vuelo concreto y no al ambiente general de la jornada.
Pide los documentos dentro del mismo expediente.
El METAR de la franja horaria para la meteorología, la comunicación del organismo de control para las restricciones de tráfico, el registro técnico para una avería. Una compañía que no los aporta llega debilitada al juzgado, y esa carencia es lo primero que conviene señalar en la réplica a la negativa recibida.
Si la causa alegada es una huelga del personal de easyJet, Krüsemann C-195/17 excluye la exención incluso en los paros espontáneos. Si es una avería técnica, tampoco exime tras Wallentin-Hermann C-549/07 y van der Lans C-257/14. Y comprueba siempre la hora real de llegada: se mide en la apertura de puertas según Sturgeon C-402/07.
Preparar el formulario en diez minutos
Los elementos necesarios son 7: número de vuelo con prefijo U2 o EZY, fecha, localizador, nombres de todos los pasajeros, hora real de llegada con su prueba, IBAN para la transferencia y tickets de los gastos para el formulario específico.
En el campo libre bastan dos líneas.
Tipo de incidencia, horas de retraso en la llegada e importe reclamado por pasajero con la referencia al artículo 7 del Reglamento (CE) 261/2004. Añade la cita de la sentencia Sturgeon cuando el retraso supera las tres horas, porque cierra de entrada la objeción más habitual del transportista sobre el alcance de la norma.
Incluye a todos los pasajeros de la reserva, menores incluidos: cuatro personas en un trayecto de 400 euros reclaman 1.600 euros. Y guarda el número de expediente que devuelve el formulario, porque es el que citarás en cada requerimiento y en la eventual demanda judicial, donde por debajo de 2.000 euros no hacen falta abogado ni procurador y Rehder C-204/08 permite elegir el foro.
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Fuentes
Canal único de reclamación, negativa a tramitar las solicitudes remitidas por correo electrónico, ventana de 28 días antes de acudir a terceros, formulario de gastos independiente y referencias a AviationADR y a la plataforma europea de resolución de litigios en línea: easyJet, páginas Claim EU261 y Delays and cancellations, consultadas el 25 de agosto de 2026. Reglamento (CE) 261/2004: EUR-Lex, CELEX 32004R0261. Sentencias Sturgeon C-402/07, Wallentin-Hermann C-549/07, van der Lans C-257/14, Krüsemann C-195/17 y Rehder C-204/08: curia.europa.eu. AESA, apartado de derechos de los pasajeros.
Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para casos complejos acude a un abogado o a una asociación de consumidores.
